Derechos y Deberes
Deberes de los Asociados. (Art 42 Estatutos) Serán deberes de los asociados:
a. Conocer los principios básicos del cooperativismo y los estatutos de Comerciacoop.
b. Cumplir las obligaciones derivadas de los estatutos de Comerciacoop.
c. Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos de administración y vigilancia.
d. Ser solidario en sus relaciones con Comerciacoop y con los asociados de la misma.
e. Abstenerse de efectuar actos u omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de Comerciacoop.
f. Actuar dentro y fuera de Comerciacoop por el buen nombre y prestigio institucional, así como por y con respeto a los directivos y demás asociados.
g. Por ninguna razón los asociados que tengan acceso a información privilegiada, podrán hacer uso público o particular de la misma, ni utilizarla para beneficio personal o de terceros, ni tampoco para causar daño a los demás asociados.
h. Proceder con suma lealtad para no inducir en error o engaño a los asociados, directivos y administrativos.
i. Cumplir oportunamente los compromisos adquiridos con la entidad, en los servicios de crédito, cartera, aportes sociales, ahorros y demás que presta la entidad de acuerdo a los reglamentos y la Ley.
j. Contribuir activamente al incremento de la base social y de los recursos que garanticen el crecimiento de Comerciacoop.
k. Cumplir las responsabilidades legales, estatutarias y los reglamentos de los órganos de Administración, cuando sean elegidos para los mismos.
l. Suministrar y actualizar información fidedigna de sus actividades económicas, origen de fondos y patrimonio en el momento de asociarse o de solicitar un servicio, conforme a las prescripciones legales y reglamentarias.
m. Concurrir a las asambleas generales y a los eventos que programe Comerciacoop dentro del ejercicio de la participación democrática.
n. Dar el destino propuesto a los recursos de crédito o préstamo obtenidos de Comerciacoop.
ñ. Hacer uso de manera periódica de los productos y servicios que le ofrece Comerciacoop.
o. Obedecer el código de ética y conducta de Comerciacoop.
p. Mantener en aportes sociales el mínimo reglamentado por el Consejo de Administración
Derechos de los Asociados (Art 43 Estatutos) Serán Derechos fundamentales de los asociados:
a. Utilizar los servicios de Comerciacoop y realizar con ella las operaciones propias de su objeto económico y social.
b. Participar en las asambleas generales, elegir y ser elegido en cuadros directivos.
c. Participar en las actividades de Comerciacoop y en su administración, mediante el desempeño de cargos sociales.
d. Ser informados de la gestión de Comerciacoop de acuerdo con las prescripciones estatutarias.
e. Ejercer actos de decisión y elección en las asambleas generales.
f. Fiscalizar la gestión de Comerciacoop.
g. Retirase voluntariamente de Comerciacoop.
h. Presentar quejas y reclamos ante los órganos de la entidad, dando cumplimiento a la Reglamentación que para tal caso expida el Consejo de Administración.
